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El verdadero impacto de la reforma tributaria del 2022 (Parte1)

Con la Ley 2277 del 2022 se aprobó la primera reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, con el objetivo de fomentar y promover la igualdad y la justicia social. Ahora bien, independiente al objeto y la intención con la cual se planteó y aprobó esta reforma, hay que tener muy claro cuáles serán los impactos reales que veremos para las empresas y para las personas naturales, si bien desde que se promovía el proyecto de reforma se argumentaba que no tendría impacto sobre todos los sectores productivos y sobre todas las clases sociales.

Cualquier cambio en la regulación fiscal siempre repercute en todas las clases sociales, y de una u otra manera toca a todos los sectores productivos de la economía. Así, esta reforma tributaria presenta impactos importantes, los cuales ya han entrado en vigencia desde el 01 de enero de 2023:

Para las personas naturales los principales impactos a tener en cuenta son:

  • Disminución en los topes de renta exenta pasando del 2880 UVT a 790 UVT, aunque sigue siendo el mismo porcentaje de descuento (25%) ahora la diminución de los topes se traduce en menores valores a descontar, generando así mayor base para el pago de impuesto de renta. Se paso de tener una renta exenta de 109 millones a 34 millones como máximo.
  •  Si bien el límite de rentas exentas y deducciones especiales de la cédula general continúa siendo el 40% de los ingresos brutos menos los ingresos no constitutivos de renta, se pasó de tener un límite de 5.040 UVT (COP $192 millones) a 1.340 UVT anuales (COP $57 millones aproximados), igualmente menores valores a descontar para generar una renta liquidan mayor, mayor base para pago de impuesto de renta.
  • Por otro lado, se permite tener hasta cuatro (4) dependientes cada uno por 72 UVT (COP $3 millones aproximados por dependiente). Recordemos que anteriormente solo podíamos registrar un (1) solo dependiente.
  •  Ahora, si registramos información en la cedula de Rentas de Trabajo, para las personas independientes (comerciantes, profesionales no obligados a facturar, o aquellas personas que realizan una actividad adicional a su relación laboral como empleado) se estableció un tope a los costos y gastos deducibles, tope que anteriormente no existía. Este tope es del 60% de los ingresos brutos, en caso de que se exceda este tope, se deberá informar en la declaración y este excedente deberá estar soportado con factura electrónica.

09-01-2023, Mauricio Cortes Fúquene, CEO Intelecto Empresarial SAS.

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